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¿Qué pasa si no se hace la Posesión Efectiva?

Si no se realiza la Posesión Efectiva en Chile, pueden surgir varias consecuencias, especialmente relacionadas con la herencia y la administración de los bienes del fallecido.

💡 La Posesión Efectiva es un procedimiento legal que permite a los herederos adquirir legalmente los bienes que les corresponden tras el fallecimiento de una persona.

Aquí te detallo algunas de las consecuencias de no realizar este trámite:

  1. Imposibilidad de Disponer de los Bienes: Los herederos no podrán disponer legalmente de los bienes heredados (venderlos, arrendarlos, hipotecarlos, etc.) hasta que no se haya realizado la Posesión Efectiva.
  2. Problemas en la Administración de Bienes: Sin la Posesión Efectiva, no se puede administrar de manera legal los bienes del fallecido. Esto puede generar complicaciones, especialmente si hay bienes que requieren mantenimiento o administración activa.
  3. Conflictos entre Herederos: La falta de una definición legal sobre quiénes son los herederos y qué bienes les corresponden puede generar disputas y conflictos entre posibles herederos.
  4. Dificultades en el Pago de Impuestos: Los herederos deben pagar impuestos de herencia sobre los bienes recibidos. Sin la Posesión Efectiva, este proceso se complica, pudiendo generar multas o intereses por retrasos.
  5. Problemas con Instituciones Financieras: Para realizar operaciones con cuentas bancarias, acciones, o inversiones del fallecido, las instituciones financieras requerirán la documentación que acredite la Posesión Efectiva.
  6. Incertidumbre Legal: La falta de claridad sobre la titularidad de los bienes puede generar incertidumbre legal, afectando transacciones futuras y la seguridad jurídica de los herederos.
  7. Prescripción de Derechos: En algunos casos, si no se realiza la Posesión Efectiva en un plazo determinado, puede haber riesgo de prescripción de ciertos derechos hereditarios.

Es importante destacar que la Posesión Efectiva es un trámite esencial para formalizar la transferencia de bienes de una persona fallecida a sus herederos y evitar complicaciones legales y administrativas. En Chile, este proceso se realiza a través del Servicio de Registro Civil e Identificación o ante un tribunal competente, dependiendo de la situación específica del caso.

¿Qué pasa si no se hace la Posesión Efectiva?
Índice
  1. 📝 Si vives en Chile hay que hacer la Posesión Efectiva
    1. ¿Puedo perder mi derecho a heredar si no hago la posesión efectiva?
    2. ¿Quién es el sujeto que podría heredar en tal contexto?
    3. ¿De qué manera puede el Heredero Putativo adquirir la herencia?
    4. ¿En qué consiste la acción de Petición de Herencia?
    5. ¿Quiénes están facultados para ejercer la acción de Petición de Herencia?
    6. Herencia Yacente y Herencia Vacante
    7. Plazos de Prescripción
  2. Resumen: ¿Qué pasa si no se hace la Posesión Efectiva en Chile?
    1. Consecuencias de No Realizar la Posesión Efectiva
    2. Casos Prácticos y Ejemplos Reales

📝 Si vives en Chile hay que hacer la Posesión Efectiva

Es altamente aconsejable efectuar la posesión efectiva sin dilaciones excesivas tras el deceso del causante o pariente, dado que con el transcurso del tiempo, los activos pueden ser sustraídos o hurtados del patrimonio sucesorio, o incluso extraviarse o ser malversados, ocasionando daños severos que menoscaben su valor. Por tanto, se sugiere no postergar el procedimiento de posesión efectiva más allá de un año, para evitar que los herederos sufran las consecuencias de los riesgos previamente mencionados.

Es pertinente señalar que, aunque nuestra legislación no estipula un plazo específico para realizar la posesión efectiva en Chile, sí establece términos de prescripción, es decir, un lapso de 10 años para ejercitar la acción de Petición de Herencia, conforme lo dispuesto en el artículo 1269 del Código Civil.

¿Puedo perder mi derecho a heredar si no hago la posesión efectiva?

Efectivamente, se puede perder el derecho sucesorio si la posesión efectiva no se realiza oportunamente; esto puede ocurrir por la usurpación o posesión de un tercero durante el periodo estipulado por la ley, ya sea por prescripción ordinaria o extraordinaria.

¿Quién es el sujeto que podría heredar en tal contexto?

Se le conoce como Heredero Putativo, aquel heredero aparente que actualmente detenta los bienes de una herencia que le es completamente ajena, es decir, posee activos que no le corresponden legítimamente.

¿De qué manera puede el Heredero Putativo adquirir la herencia?

Este Heredero Putativo puede reclamar la herencia contraponiéndose a la prescripción adquisitiva, o resistiendo la acción de petición de herencia interpuesta por el legítimo heredero; esto a través de una Resolución de Posesión Efectiva. Dicha acción de Petición de Herencia prescribe a los 5 años.

¿En qué consiste la acción de Petición de Herencia?

Imaginemos que un tercero o heredero putativo posee actualmente los bienes heredados tras el fallecimiento de un familiar. ¿Qué se puede hacer para reclamar lo que legalmente corresponde? La ley nos brinda la herramienta de promover ante los tribunales la acción de petición de herencia, siendo el verdadero heredero quien debe ejercitarla.

La acción de petición de herencia se define en el artículo 1264 del Código Civil, que establece que “El que demuestre su derecho a una herencia, ocupada por otra persona en calidad de heredero, tendrá derecho a que se le adjudique la herencia, y se le restituyan los bienes hereditarios, tanto materiales como inmateriales; incluyendo aquellos de los que el difunto era mero poseedor, como depositario, comodatario, prendario, arrendatario, etc., y que no hayan retornado legítimamente a sus propietarios.“

Por ende, se puede afirmar que la acción de petición de herencia es el mecanismo que posee el heredero legítimo para presentarla contra el heredero falso mediante demanda, con el fin de ser reconocido y adjudicado como heredero; y para que se le restituyan los bienes hereditarios o una parte de ellos que no posee actualmente.

¿Quiénes están facultados para ejercer la acción de Petición de Herencia?

Generalmente, es el heredero legítimo quien puede ejercer la acción de petición de herencia; no obstante, el artículo 1142 del Código Civil también reconoce esta facultad al beneficiario de una donación revocable y al cesionario de un derecho real de herencia.

Herencia Yacente y Herencia Vacante

Si la posesión efectiva no se realiza adecuadamente, la herencia puede encontrarse en dos estados: Herencia Yacente y Herencia Vacante.

La herencia yacente se describe como la condición en la que se halla, por diversas razones, el patrimonio hereditario en el periodo que transcurre desde la apertura de la sucesión, es decir, desde el fallecimiento del causante; hasta la aceptación de la herencia por parte del heredero o cualquiera de los herederos convocados a ella.

En cambio, si no se efectúa la posesión efectiva y el causante tenía bienes no reclamados por sus herederos, ya sean legítimos o aparentes, nos encontramos ante la Herencia Vacante; una forma de adquisición de bienes por el Fisco, que se materializa cuando, tras el deceso de una persona natural (causante), no existen herederos y el patrimonio de dicha persona (bienes muebles e inmuebles) pasa al Fisco como último sucesor legal.

El procedimiento permite acceder a una herencia de una persona fallecida sin herederos, mediante denuncias sobre ciertos bienes o derechos que corresponden al Fisco. Si la denuncia prospera, el denunciante recibirá una recompensa, equivalente al 30% del valor neto de los bienes hereditarios denunciados.

Plazos de Prescripción

Según el artículo 2492 del Código Civil, la prescripción es una forma de adquirir bienes ajenos, o de extinguir acciones y derechos ajenos, por haber poseído dichos bienes o no haber ejercido tales acciones y derechos durante un tiempo determinado, y cumpliendo los demás requisitos legales.

Resumen: ¿Qué pasa si no se hace la Posesión Efectiva en Chile?

La omisión de la Posesión Efectiva en Chile puede llevar a una serie de complicaciones legales y financieras. Sin este proceso, los herederos no pueden reclamar legalmente los bienes dejados por el difunto, lo que puede resultar en disputas familiares, problemas con la administración de los bienes y dificultades para acceder a cuentas bancarias o vender propiedades. Además, la falta de una Posesión Efectiva clara y legal puede abrir la puerta a reclamaciones de terceros, complicando aún más la situación.

Consecuencias de No Realizar la Posesión Efectiva

No realizar la Posesión Efectiva en Chile puede acarrear una serie de consecuencias graves, tanto para los herederos como para el legado del difunto. Algunas de las implicaciones más significativas incluyen:

  1. Inaccesibilidad a los Bienes: Sin la Posesión Efectiva, los herederos legalmente no pueden acceder a los bienes del difunto. Esto significa que cuentas bancarias, propiedades inmobiliarias y otros activos quedan inmovilizados, lo que puede generar problemas financieros para los herederos, especialmente si dependían económicamente del fallecido.
  2. Conflictos Familiares: La ausencia de un proceso claro y legal para la transferencia de bienes puede dar lugar a disputas entre los posibles herederos. Estos conflictos pueden escalar a litigios prolongados, afectando las relaciones familiares y consumiendo recursos económicos en procesos judiciales.
  3. Problemas Legales con Terceros: Si los bienes del difunto incluyen deudas o compromisos con terceros, la falta de una Posesión Efectiva clara puede llevar a complicaciones legales. Los acreedores pueden iniciar acciones legales para reclamar sus derechos, lo que puede resultar en un proceso legal complejo y costoso.
  4. Dificultades en la Gestión de Bienes: La administración de bienes inmuebles o empresas que eran propiedad del difunto se complica sin la Posesión Efectiva. Esto puede llevar a la pérdida de valor de estos activos, afectando el patrimonio que eventualmente recibirían los herederos.
  5. Problemas Tributarios: La falta de una Posesión Efectiva también puede generar complicaciones con el Servicio de Impuestos Internos, especialmente en lo que respecta al impuesto de herencias. Esto puede resultar en multas y sanciones adicionales.

Consejos para Evitar Estas Situaciones

  • Asesoría Legal Temprana: Buscar asesoría legal tan pronto como sea posible después del fallecimiento puede ayudar a evitar muchos de estos problemas.
  • Comunicación Clara entre Herederos: Mantener una comunicación abierta y transparente entre los posibles herederos puede prevenir malentendidos y conflictos.
  • Organización Documental: Asegurarse de tener todos los documentos necesarios en orden facilitará el proceso de Posesión Efectiva.

Casos Prácticos y Ejemplos Reales

Para ilustrar mejor estas consecuencias, veamos algunos ejemplos prácticos:

  1. Caso de Inmovilización de Cuentas Bancarias: En un caso reciente, los herederos de un empresario no realizaron la Posesión Efectiva a tiempo. Como resultado, las cuentas bancarias del difunto quedaron congeladas, impidiendo el acceso a fondos necesarios para continuar con las operaciones de la empresa familiar. Esto llevó a una crisis financiera en la empresa y a conflictos entre los herederos sobre cómo manejar la situación.
  2. Disputa Familiar por Propiedad Inmobiliaria: En otro caso, la falta de Posesión Efectiva de una propiedad inmobiliaria llevó a una disputa legal entre varios familiares, cada uno reclamando una parte del inmueble. La disputa se prolongó durante años, generando gastos legales significativos y deteriorando las relaciones familiares.
  3. Problemas con Acreedores: En una situación donde el difunto tenía deudas pendientes, la ausencia de una Posesión Efectiva clara llevó a que los acreedores iniciaran acciones legales contra los herederos. Esto resultó en un proceso judicial complejo, donde los herederos tuvieron que asumir la responsabilidad de las deudas sin tener acceso a los activos del difunto para cubrirlas.

Estos ejemplos demuestran la importancia de realizar la Posesión Efectiva de manera oportuna y adecuada, para evitar complicaciones legales, financieras y familiares. La asesoría de un experto en derecho sucesorio puede ser invaluable en estos casos, proporcionando la orientación y el apoyo necesarios para navegar este proceso complejo.

Referencias:

  1. Chile. (2002). Código Civil. Recuperado de https://www.acnur.org/fileadmin/Documentos/BDL/2002/1803.pdf.
  2. Artículo 1269 del Código Civil de Chile:
  3. Artículo 1264 del Código Civil de Chile:
  4. Artículo 1142 del Código Civil de Chile:
  5. Artículo 2492 del Código Civil de Chile:

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