Impuestos a herencias en Chile Todo lo que debes saber

Impuestos a herencias en Chile: Todo lo que debes saber

Cuanto es el impuesto a herencia en Chile

Los impuestos a herencias son tributos que se aplican a la transferencia de bienes y derechos de una persona fallecida a sus herederos o legatarios. En muchos países, incluido Chile, este impuesto es una parte importante del proceso de sucesión.

Índice
  1. ✅ Conceptos Clave para el Cálculo del Impuesto a las Herencias
  2. ➡️ ¿Cuánto es el impuesto a herencia en Chile?
    1. ✅ Plazo para pagar impuesto a la herencia
    2. 🔎 Ejemplo de Cálculo del Impuesto de Herencias
    3. 🔎 Ejemplo Práctico 2 de Cálculo del Impuesto de Herencias
    4. Asesoría en impuestos de sucesiones
  3. 🔎 Puntos mas importantes y resumen Ley de impuesto a la herencia (Ley 16271)
  4. FAQ
    1. ¿Cuánto es el impuesto a herencia en Chile?
    2. ¿Cuándo prescribe el impuesto a la herencia Chile?
    3. ¿Quién paga impuesto a la herencia en Chile?
    4. ¿Qué pasa si no pago el impuesto a la herencia?

Conceptos Clave para el Cálculo del Impuesto a las Herencias

  1. Base Imponible:
    • La base imponible del impuesto a la herencia se calcula sobre el valor neto de los bienes heredados. Esto incluye propiedades, dinero, acciones, entre otros, menos las deudas y cargas del fallecido (parte de la herencia que corresponde a cada heredero), calculado a la fecha del fallecimiento del causante.
    • Se determina según las reglas de valoración de bienes establecidas en la Ley N° 16.271 (artículos 46, 46 bis y 47).
    • Si existe parentesco entre el asignatario (heredero) y el causante, se debe descontar del valor de la asignación un monto exento de impuesto, según lo establecido en la misma ley.
  2. Determinación del Tributo:
    • Se aplica una tasa progresiva del impuesto sobre el valor líquido de cada asignación.
    • Esta tasa se incrementa en un 20% si el asignatario tiene un parentesco colateral de segundo, tercero o cuarto grado con el causante, y en un 40% si el parentesco es más lejano o no existe.
  3. Valor de Asignaciones de Cuotas:
    • Se calcula aplicando el porcentaje que representan los derechos de cada asignatario sobre el valor del acervo líquido partible (total de bienes heredables después de deducir deudas y gastos).
  4. Asignaciones de Especie:
    • Corresponden al valor de bienes específicos (como una casa o un auto) que forman parte del legado.
Impuestos a herencias en Chile como hacerla paso a paso

➡️ ¿Cuánto es el impuesto a herencia en Chile?

  1. Tasa del Impuesto:
    • Se aplica una escala progresiva de impuesto sobre el valor líquido de la asignación, afecto a impuesto, según la siguiente tabla:
Desde (UTM)Hasta (UTM)TasaDeducción Fija (UTM)
0.19601%0
960.0119202.5%14.4
1920.0138405%62.4
3840.0157607.5%158.4
5760.01768010%302.4
7680.01960015%686.4
9600.011444020%1166.4
14440.01Y más25%1886.4
  1. Recargo:
    • Sobre el impuesto calculado según la tabla, se aplica un recargo adicional dependiendo del parentesco con el causante:
Relación con el CausanteRecargo
Cónyuge, ascendientes, hijos y descendientes de ellos0%
Hermanos, medios hermanos, sobrinos, tíos, sobrinos nietos, primos y tíos abuelos (2°, 3° y 4° parentesco colateral)20%
Parentesco más lejano o sin parentesco alguno40%

Plazo para pagar impuesto a la herencia

El plazo para pagar el impuesto a la herencia en Chile es de 9 meses contados desde la fecha del fallecimiento del causante. Este plazo puede ser prorrogado por un período adicional de hasta 6 meses, siempre que se solicite antes de que finalice el plazo original de 9 meses y se justifique adecuadamente la necesidad de la prórroga.

🔎 Ejemplo de Cálculo del Impuesto de Herencias

Supongamos que el causante tiene un patrimonio compuesto por los siguientes bienes y valores:

  • Casa: 2000 UTM
  • Departamento: 1000 UTM
  • Vehículo: 100 UTM
  • Acciones: 400 UTM
  • Total del patrimonio: 3500 UTM

El causante está casado en régimen de sociedad conyugal y tiene dos hijos. Por lo tanto, el patrimonio se divide de la siguiente manera:

  • 50% para el cónyuge (por sociedad conyugal): 1750 UTM
  • 25% para cada hijo: 875 UTM

Cálculo del Impuesto para Cada Heredero

  1. Para el Cónyuge:
    • Asignación: 1750 UTM
    • Exención por parentesco: 100 UTM (suponiendo una exención estándar)
    • Base imponible: 1650 UTM
    • Tasa de impuesto aplicable: Según la tabla, para 1650 UTM, la tasa es 5% con una deducción fija de 62.4 UTM.
    • Impuesto a pagar: (5% de 1650 UTM) - 62.4 UTM = 82.5 UTM - 62.4 UTM = 20.1 UTM
  2. Para cada Hijo:
    • Asignación: 875 UTM
    • Exención por parentesco: 100 UTM (suponiendo una exención estándar)
    • Base imponible: 775 UTM
    • Tasa de impuesto aplicable: Según la tabla, para 775 UTM, la tasa es 2.5% con una deducción fija de 14.4 UTM.
    • Impuesto a pagar por cada hijo: (2.5% de 775 UTM) - 14.4 UTM = 19.375 UTM - 14.4 UTM = 4.975 UTM

Resumen del Impuesto a Pagar

  • Cónyuge: 20.1 UTM
  • Cada Hijo: 4.975 UTM

Este ejemplo es una simplificación y no incluye posibles recargos o consideraciones adicionales. Para casos específicos, es recomendable consultar con un asesor legal o tributario.

🔎 Ejemplo Práctico 2 de Cálculo del Impuesto de Herencias

Supongamos un caso hipotético con los siguientes datos:

  • Causante: Fallecido el 25/05/2010, casado en régimen de sociedad conyugal.
  • Asignatarios: Cónyuge y dos hijos.
  • Bienes al Fallecimiento: Inmuebles, vehículo y acciones con un valor total de $398.370.495.
  • Masa Hereditaria: 50% de los bienes, equivalente a $199.185.248 para el cónyuge y $99.592.624 para cada hijo.

El cálculo del impuesto se realiza convirtiendo los valores a UTM y aplicando las tasas y deducciones correspondientes según la tabla. Luego, se suma el recargo si aplica.

Resultado del Cálculo:

  • Cónyuge Sobreviviente: 201,46 UTM de impuesto.
  • Hijo 1: 42,55 UTM de impuesto.
  • Hijo 2: 42,55 UTM de impuesto.
  • Total Impuesto en UTM: 286,59 UTM.
  • Total Impuesto a Pagar en Pesos: $11.016.806 (considerando la UTM del mes de julio).

Asesoría en impuestos de sucesiones

Asesoría en impuestos de sucesiones en Chile

La asesoría en impuestos de sucesiones es un servicio profesional que se enfoca en orientar y asistir a los herederos o beneficiarios de una herencia en el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Este tipo de asesoría incluye, pero no se limita a, los siguientes aspectos:

  1. Evaluación de la Herencia: Determinar el valor total de la herencia, incluyendo bienes inmuebles, cuentas bancarias, inversiones, vehículos, entre otros.
  2. Cálculo del Impuesto a la Herencia: Basado en la legislación vigente, se calcula el monto del impuesto a pagar considerando las exenciones y deducciones aplicables.
  3. Declaración de Impuestos: Asistencia en la preparación y presentación de la declaración de impuestos de sucesiones ante el Servicio de Impuestos Internos (SII).
  4. Gestión de Exenciones y Deducciones: Asesoramiento sobre las posibles exenciones y deducciones aplicables para reducir el monto del impuesto.
  5. Planificación Sucesoria: Estrategias para la distribución eficiente de la herencia, minimizando la carga fiscal para los herederos.
  6. Representación ante el SII: En caso de requerirse, representar a los herederos ante el SII para resolver dudas, solicitar prórrogas o gestionar cualquier otro trámite relacionado.
  7. Resolución de Conflictos: Asesoramiento en caso de disputas entre herederos o problemas legales relacionados con la herencia.
  8. Asesoría Legal: Orientación sobre aspectos legales de la sucesión, incluyendo la redacción de testamentos, la administración de la herencia y la división de bienes.

Es recomendable buscar un asesor fiscal o un abogado especializado en sucesiones para obtener una asesoría personalizada y detallada, acorde con las particularidades de cada caso.

🔎 Puntos mas importantes y resumen Ley de impuesto a la herencia (Ley 16271)

La Ley de Impuesto a la Herencia en Chile, formalmente conocida como Ley N° 16.271, regula el impuesto aplicable a las herencias, asignaciones y donaciones.

Aquí te presento un resumen de sus aspectos más relevantes:

  1. Objeto del Impuesto: Se aplica a las herencias, asignaciones por causa de muerte y donaciones.
  2. Sujetos Obligados: Afecta a los herederos, legatarios y donatarios. El impuesto se calcula sobre el valor de los bienes recibidos.
  3. Valoración de los Bienes: Los bienes se valoran según su precio de mercado o valor fiscal al momento del fallecimiento del causante.
  4. Base Imponible: Se calcula sobre el valor neto de la herencia, es decir, después de deducir deudas y cargas.
  5. Exenciones: Existen ciertas exenciones, como las asignaciones que corresponden al cónyuge, a cada ascendiente o descendiente, entre otros, hasta ciertos límites establecidos por la ley.
  6. Tasas del Impuesto: Las tasas son progresivas y dependen del valor de la asignación y del grado de parentesco con el causante.
  7. Declaración y Pago: Los beneficiarios deben declarar las herencias y donaciones recibidas ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) y pagar el impuesto correspondiente.
  8. Modificaciones Recientes: La Ley N° 21.210, de 2020, introdujo cambios significativos, como nuevas exenciones y rebajas de impuestos para ciertos casos, como personas inscritas en el Registro Nacional de Discapacidad.
  9. Plazos para Declarar y Pagar: Existen plazos específicos para la declaración y el pago del impuesto, los cuales varían dependiendo de si la herencia es testamentaria o intestada.
  10. Sanciones por Incumplimiento: El no cumplimiento de las obligaciones relacionadas con este impuesto puede acarrear sanciones, multas e intereses.
  11. Determinación del Tributo: Se aplica una tasa progresiva del impuesto sobre el valor líquido de cada asignación. Además, hay un recargo del 20% o 40% dependiendo del grado de parentesco.
  12. Valor de Asignaciones de Cuotas: Se determina por el porcentaje de derechos de cada asignatario sobre el valor del acervo líquido partible.
  13. Asignaciones de Especie: Se registran según el valor del bien o bienes que conforman el legado.
  14. Tasa: Se aplica una escala progresiva de impuesto según el artículo 2 de la Ley N° 16.271.
  15. Recargo: Existe un recargo adicional dependiendo del parentesco con el causante.

Esta ley busca regular de manera equitativa la transferencia de bienes a causa de muerte o por donaciones, asegurando la contribución fiscal correspondiente. Es importante destacar que la interpretación y aplicación de la ley pueden variar según el caso, por lo que se recomienda consultar a un experto en derecho tributario o al SII para casos específicos.

FAQ

¿Cuánto es el impuesto a herencia en Chile?

El impuesto a la herencia en Chile se calcula según una escala progresiva, con tasas que varían según el valor de la herencia. A continuación, se presentan las cifras de acuerdo a la escala:

De 0 a 960 UTM: Tasa del 1%
De 960,01 a 1920 UTM: Tasa del 2,5% (con deducción fija de 14,4 UTM)
De 1920,01 a 3840 UTM: Tasa del 5% (con deducción fija de 62,4 UTM)
De 3840,01 a 5760 UTM: Tasa del 7,5% (con deducción fija de 158,4 UTM)
De 5760,01 a 7680 UTM: Tasa del 10% (con deducción fija de 302,4 UTM)
De 7680,01 a 9600 UTM: Tasa del 15% (con deducción fija de 686,4 UTM)
De 9600,01 a 14440 UTM: Tasa del 20% (con deducción fija de 1166,4 UTM)
Más de 14440,01 UTM: Tasa del 25% (con deducción fija de 1886,4 UTM)

Estas cifras pueden variar con el tiempo, por lo que es recomendable consultar el sitio web del Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile para obtener la información más actualizada.

¿Cuándo prescribe el impuesto a la herencia Chile?

El Servicio de Impuestos Internos (SII) de Chile tiene un plazo de 3 años para revisar cualquier declaración de impuesto realizada por un contribuyente. Este plazo se extiende a 6 años en casos donde la Declaración de Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones no se haya presentado, o si la declaración presentada contiene información falsa de manera maliciosa.

¿Quién paga impuesto a la herencia en Chile?

En Chile, el impuesto a la herencia lo pagan los herederos o asignatarios de una herencia, es decir, las personas que reciben bienes o derechos como resultado de una sucesión por fallecimiento. Cada heredero o asignatario es responsable del pago del impuesto correspondiente a la parte de la herencia que le ha sido adjudicada.

¿Qué pasa si no pago el impuesto a la herencia?

Si no se paga el impuesto a la herencia en Chile, se pueden generar intereses y multas por mora. Además, el Servicio de Impuestos Internos (SII) puede iniciar acciones legales para cobrar el impuesto adeudado. No pagar el impuesto puede también impedir la realización de ciertos trámites legales relacionados con la herencia, como la inscripción de bienes inmuebles en el Conservador de Bienes Raíces.

Referencias

  1. Servicio de Impuestos Internos (SII). (s.f.). Impuesto a las Herencias, Asignaciones y Donaciones. Recuperado de https://www.sii.cl/preguntas_frecuentes/otros_impuestos/001_020_6164.htm
  2. Servicio de Impuestos Internos (SII). (s.f.). Formularios 3094-3102. Recuperado de https://www.sii.cl/ayudas/formularios/3094-3102.html
  3. Servicio de Impuestos Internos (SII). (s.f.). Homer SII. Recuperado de https://homer.sii.cl/
  4. Servicio de Impuestos Internos (SII). (s.f.). Ayuda Certificado de Herencias. Recuperado de https://www.sii.cl/ayudas/ayudas_por_servicios/ayuda_certificado_herencias.pdf
  5. Servicio de Impuestos Internos (SII). (s.f.). Preguntas Frecuentes sobre Herencias. Recuperado de https://www.sii.cl/preguntas_frecuentes/herencias/001_160_0334.htm
  6. Biblioteca del Congreso Nacional de Chile (BCN). (s.f.). Ley N° 16.271. Recuperado de https://www.bcn.cl/leychile/navegar?idNorma=28367

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    1 Comentarios

  1. oscar dice:

    Que sucede,, en posesión efectiva, cuando asignatario esta fallecido y tiene una hija

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